Honorarios del Administrador: Monto.

Honorarios del Administrador: Monto.


1 Comentario

En la práctica, es en la Asamblea cuando se designa al Administrador que se fijan sus honorarios. Éstos consisten en una suma fija por cada unidad funcional, con topes mínimos y máximos. 

Otra opción es establecer un porcentaje de las expensas o un monto fijo pero con un coeficiente de actualización (mensual, bimestral, semestral, etc). 

Me inclino por la opción de que sea la Asamblea de Copropietarios, a través del acuerdo de voluntades, que sea quien fije el monto. 

Si bien la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal fija según la CLASE DE CONSORCIO (Clase A1, Clase A, Clase B, Clase C y Clase D) un monto de retribución, autores como Alberto A. Gabás consideran que estos montos son arbitrarios y vulneran los principios contractuales del mandato. 

Sin embargo, como este blog se hizo para fines INFORMATIVOS, les detallaré a continuación los importes que rigen desde Julio de este año: 

Consorcios de Propietarios: 

Clase D: Tipología: Viviendas sociales construídas por intermedio de operatorias oficiales del tipo FONAVI, BHN, Institutos provinciales de vivienda. Mínimo hasta 20 unidades funcionales. 

Monto: $743
(cuando las unidades funcionales se excenden de las 20, entonces se agrega entre $38 a $46). 

Clase C: Tipología: Consorcios con servicios comunes (portería, vigilancia, ascensores, electro-bombas, porteros eléctricos, seguridad). Mínimo hasta 20 unidades funcionales. 

Monto: $915
(cuando las unidades funcionales se exceden de las 20, entonces se agregan entre $46 a $55). 

Clase B: Tipología: Consorcios con servicios comunes y centrales (agua caliente, calefacción, compactador o incinerador de residuos). Mínimo hasta 20 unidades funcionales. 

Monto: $1111. 
(cuando las unidades funcionales se exceden de las 20, entonces se agregan entre $55 a $74).

Clase A: Tipología: Consorcios con servicios comunes, centrales y de Confort (salón de usos múltiples, solariúm, lavandería y secarropas). Mínimo 20 unidades funcionales. 

Monto: $1480
(cuando las unidades funcionales se exceden de las 20, entonces se agregan entre $74 a $93). 

Clase A1: Tipología: Consorcios con servicios comunes, centrales, confort y super confort (natatorio, gimnasio, sauna, cancha de paddle, tenis o squash). Mínimo 20 unidades funcionales. 

Monto: $1831
(cuando las unidades funcionales se exceden de las 20, entonces se agregan entre $93 a $131). 


También en el enlace aquí arriba, podrán encontrar que no sólo se regulan los montos de retribución sino también por realizar determinados TRÁMITES o CERTIFICACIONES

Haciendo zapping por la web, buscando páginas que se relacionen con este tema encontré una muy interesante que contiene un GENERADOR AUTOMÁTICO DE HONORARIOS DEL ADMINISTRADOR DE CONSORCIOS donde se piden datos sobre el consorcio, el edificio y el Administrador para establecer un monto aproximado de honorarios. 

Acá les dejo el link para que prueben y vean si los honorarios que percibe su administrador son parecidos o deben ser actualizados: 


Espero que esta información les haya sido útil! Cualquier duda, los invito a dejar un comentario. 

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1 comentario:

  1. Buenas noches.
    Vivo en un consorcio donde existe una deuda de honorarios para con el Administrador por años anteriores donde la recaudacion (por mala administracion obviamente) "no alcanzaba para cobrarlos". Ahora que el consorcio se esta "levantando" el administrador intenta actualizar los montos adeudados al valor vigente. Esto surge porque se entero que estamos queriendo removerlo del cargo y convoca a asamblea donde en el orden del dia estipula "4. Resolución y pago de los honorarios de administración detallados en folio N°98 del libro de actas y su respectiva actualización."
    En el folio 98 dejo estipulado los periodos y monto por cada uno a valor no actualizado.
    Es legal lo que hace?
    Gracias

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